Si realizas una actividad vulnerable, el manual de políticas internas es una herramienta que debe explicar, entre otras cosas, cómo identificas clientes, gestionas riesgos y cumples tus obligaciones. El Acuerdo 115/2026 establece el contenido mínimo y las fechas de aplicación. Para empresas que realizan actividades vulnerables en Villahermosa, Tabasco, la tarea consiste en adaptar el documento a sus operaciones y conservar evidencia de que los procedimientos funcionan.
Qué cambió con las reglas publicadas en agosto de 2026
El Acuerdo 115/2026, publicado el 7 de agosto de 2026, modifica sustancialmente las reglas de carácter general de la ley antilavado (LFPIORPI). Este artículo trata un capítulo específico: el Manual de Políticas Internas.
Sus artículos 37 y 37 Bis lo definen como el documento que establece la forma de identificación de clientes, la gestión de riesgos y los procedimientos de cumplimiento. Este manual debe poder ponerse a disposición de la UIF o del SAT cuando lo requieran.
El manual es una herramienta de control de la actividad vulnerable. Un dato mal recabado o una carpeta guardada que no corresponde a lo que hace la empresa son ejemplos de omisiones que pueden costar mucho dinero.
Fechas que conviene separar
| Hito | Fecha o condición |
|---|---|
| Entrada general en vigor del Acuerdo 115/2026 (reforma a las reglas) | 30 de noviembre de 2026, con excepciones en transitorios. |
| Manual con metodología de riesgo | 1 de marzo de 2027 para sujetos registrados que hayan agotado el plazo de 90 días del artículo 37, conforme al transitorio tercero. |
| Primer periodo anual de auditoría del nuevo esquema | 1 de enero a 31 de diciembre de 2028, según transitorio octavo. |
El artículo 37 establece un plazo de 90 días naturales desde el alta y registro de la actividad vulnerable en el portal antilavado para cumplir con el manual. Las empresas ya registradas tienen el mismo plazo para cumplir. El primer año completo de revisión o auditoría será del 1 de enero al 31 de diciembre de 2028.
Los 14 contenidos mínimos del artículo 37 Bis
- Identificación y conocimiento de clientes o usuarios.
- Metodología para la clasificación de riesgo.
- Debida diligencia conforme al grado de riesgo.
- Identificación y seguimiento reforzado de personas políticamente expuestas.
- Detección de operaciones que se aparten del perfil transaccional.
- Presentación de avisos e informes en los tiempos y formas aplicables.
- Conservación de información y documentación.
- Seguimiento y acumulación de operaciones para determinar umbrales de aviso.
- Identificación de personas en listas emitidas por autoridades u organismos internacionales.
- Funciones y responsabilidades del representante encargado de cumplimiento.
- Programas de capacitación.
- Control interno, supervisión y auditoría.
- Confidencialidad de la información.
- Actualización del propio manual.
Cómo saber si el documento corresponde a tu operación
Toda empresa, sea persona física o moral, que realice actividades vulnerables debe elaborar su manual de políticas internas, pero el manual no puede ser igual para todas. Considera una empresa que realiza operaciones inmobiliarias y otra que da inmuebles en arrendamiento: ambas actividades están sujetas a la LFPIORPI.
Los umbrales de identificación son diferentes. Para las operaciones inmobiliarias no hay monto mínimo. Para quien otorga el uso o goce de un inmueble, la actividad se considera vulnerable a partir de un valor mensual de 1,605 veces el valor diario de la UMA, es decir, $188,282.55 pesos M.N. Por esta razón, el manual debe elaborarse a la medida de la empresa y, sobre todo, de la actividad que realiza.
Qué puede revisar la autoridad
El artículo 37 exige poner el manual a disposición de la UIF o del SAT previo requerimiento. Además, el artículo 37 Bis 3 faculta al SAT para señalar modificaciones cuando sean necesarias para el cumplimiento o la correcta aplicación de las reglas. Por eso conviene mantener control de versiones y responsables claros.
Que un manual sea revisable y tenga mecanismos de auditoría no significa que todas las empresas deban contratar el mismo tipo de auditoría hoy. El calendario y la modalidad deben analizarse con las disposiciones aplicables y el riesgo de la actividad.
¿Qué llevar a una revisión con los profesionales?
- Descripción de la actividad y fecha de alta en el portal correspondiente.
- Manual vigente y versiones anteriores, si existen.
- Metodología de riesgo y criterios utilizados.
- Muestra de expedientes, con datos protegidos durante la revisión.
- Registro de avisos, informes, capacitación y supervisión.
- Lista de responsables y evidencia de cómo aplican el procedimiento.
GI CONTAYDER puede ayudar a revisar el manual, su aplicación y, en su caso, su elaboración en empresas de Villahermosa, Tabasco. El primer paso es identificar el supuesto de actividad vulnerable y las obligaciones concretas. Después se ajustan los procedimientos y la evidencia; la revisión debe abarcar tanto el texto como la operación.
