Una actividad vulnerable es una actividad económica o profesional que puede ser utilizada por grupos criminales para limpiar o introducir dinero de procedencia ilícita al sistema económico.
La Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita regula a las entidades del sistema financiero o bancario y a las entidades del sistema no financiero que realizan actividades vulnerables.
Estas actividades se encuentran señaladas en el artículo 17 de la ley. Para una empresa que opera en Villahermosa, Tabasco, el primer paso es identificar si la actividad que realiza coincide con alguno de los supuestos y revisar las obligaciones que correspondan.
¿Qué actividades pueden considerarse vulnerables?
- Juegos y apuestas en casinos.
- Emisión de tarjetas de servicio y monederos electrónicos.
- Emisión de cheques de viajero.
- Mutuos o préstamos con o sin garantías.
- Construcción y desarrollo inmobiliario.
- Intermediación en la compraventa o arrendamiento de inmuebles.
- Recepción de recursos para el desarrollo de proyectos.
- Operaciones con joyas, relojes, obras de arte y vehículos nuevos o usados.
- Blindaje de vehículos y traslado o custodia de valores.
- Servicios profesionales relacionados con la administración o manejo de recursos económicos, cuentas o sociedades.
- Actividades de notarios y corredores públicos.
- Donaciones realizadas por donatarias autorizadas.
- Servicios de agentes aduanales.
- Uso o goce temporal de bienes, incluyendo el arrendamiento.
- Intercambio o compraventa de activos virtuales o monedas virtuales.
La lista anterior es una referencia de las actividades explicadas en el audio. El artículo 17 debe revisarse directamente para confirmar el supuesto, la modalidad y las condiciones aplicables a cada operación.
¿Qué obligaciones puede tener una entidad no financiera?
- Identificar y conocer al cliente, su actividad económica y quién es el beneficiario controlador o dueño beneficiario.
- Conservar y proteger la información relacionada con la actividad, el cliente y el beneficiario controlador.
- Registrarse en el portal de prevención de lavado de dinero, cuando corresponda.
- Permitir las visitas de verificación que realice la autoridad, en este caso el SAT.
- Presentar los avisos, informes o reportes que correspondan según la actividad y la operación.
- Evaluar los riesgos y establecer medidas de mitigación.
- Preparar un manual de prevención de lavado de dinero y establecer políticas para seleccionar al personal responsable del cumplimiento.
- Monitorear listas o publicaciones del portal, realizar la acumulación de operaciones cuando aplique y procurar que las políticas, manuales y actividades puedan ser auditables por lo menos una vez al año.
¿Por qué conviene revisar estas obligaciones?
Como se puede observar, la realización de una actividad vulnerable lleva una cantidad de obligaciones que deben ser analizadas por un especialista. La periodicidad y el tipo de avisos, informes o reportes deben confirmarse según la actividad y la operación.
La revisión debe considerar la actividad concreta, la relación con el cliente, la información del beneficiario controlador, los documentos y los avisos o reportes que correspondan.
Preguntas frecuentes
¿Qué es una actividad vulnerable? Es una actividad económica o profesional señalada en el artículo 17 de la LFPIORPI porque puede ser utilizada para introducir o limpiar dinero de procedencia ilícita.
¿Qué debe hacer una entidad no financiera? Debe analizar las obligaciones del artículo 18, entre ellas identificar al cliente, conocer su actividad, determinar al beneficiario controlador, conservar la información, registrarse en el portal, permitir verificaciones y presentar los avisos o informes que correspondan.
¿Todas las actividades tienen las mismas obligaciones? No necesariamente. Los avisos, informes o reportes deben analizarse según la actividad y la operación.
Qué sigue
En GI CONTAYDER contamos con especialistas en materia de prevención de lavado de dinero y podemos ayudarle si realiza alguna de estas actividades. Esta versión conserva el enfoque y el orden del audio y no sustituye la validación del contador.
